Las sanciones fueron establecidas mediante dos fallos distintos: la Policía Nacional deberá pagar RD$520,000, mientras que INABIMA, Jubilaciones y Pensiones y el Ministerio de Hacienda deberán asumir solidariamente otros RD$950,000
Santo Domingo.– El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a cuatro instituciones del Estado pagar un total de RD$1,470,000 por incumplir dos sentencias relacionadas con la entrega de documentos a un exempleado policial y la reactivación de la pensión de una docente.
Los montos fueron establecidos mediante dos decisiones independientes: la TC/0844/26, que dispone el pago de RD$520,000 a cargo de la Dirección General de la Policía Nacional, y la TC/0851/26, que fija otros RD$950,000 contra el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA), la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP) y el Ministerio de Hacienda.
Las cantidades corresponden a la liquidación de astreintes, penalidades económicas impuestas para obligar a una persona o institución a ejecutar una decisión judicial.
Policía deberá pagar RD$520,000
Mediante la Sentencia TC/0844/26, el Tribunal Constitucional ordenó a la Policía Nacional y a su director pagar RD$520,000 al señor Isidro Díaz Rosario por no entregarle documentos relacionados con una investigación seguida en su contra por supuesta deserción.
El caso se remonta a la Sentencia TC/1104/24, emitida el 30 de diciembre de 2024, mediante la cual el tribunal acogió una acción de hábeas data presentada por Díaz Rosario.
En esa ocasión, el TC ordenó a la institución policial entregarle todos los documentos que reposaran en sus bases de datos sobre la investigación y comunicarle el estado en que se encontraba el proceso.
Los documentos eran necesarios para que el accionante conociera las circunstancias de su desvinculación de la Policía Nacional y pudiera ejercer su derecho de defensa. Según recoge el fallo, Díaz Rosario había dejado de percibir su salario desde febrero de 2023.
Para garantizar el cumplimiento, el tribunal impuso a la Policía Nacional una astreinte de RD$2,000 por cada día de retraso, computada a partir de la notificación de la sentencia.
La decisión fue recibida por la institución el 6 de junio de 2025. Sin embargo, en el expediente no figura ninguna evidencia de que los documentos fueran entregados.
Díaz Rosario presentó la solicitud de liquidación de la astreinte el 20 de febrero de 2026. Entre ambas fechas transcurrieron 260 días, que, calculados a razón de RD$2,000 diarios, generaron los RD$520,000 establecidos por el tribunal.
La Policía Nacional y su director tampoco presentaron un escrito de defensa ante la solicitud, pese a que fueron notificados en marzo de 2026.
TC califica de irresponsable la actuación policial
El Tribunal Constitucional consideró que la falta de cumplimiento demuestra una actitud “reticente” de la Policía Nacional y su director.
El fallo señala que esa conducta denota irresponsabilidad y constituye un atentado contra la seguridad jurídica y el principio de justicia pronta y oportuna.
El organismo recordó que la ejecución de una sentencia forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. También sostuvo que correspondía a la Policía demostrar que había cumplido el mandato o que existía alguna imposibilidad para hacerlo.
La penalidad no queda limitada a los RD$520,000, debido a que los RD$2,000 diarios pueden continuar acumulándose hasta que la institución entregue los documentos y ejecute completamente la sentencia.
RD$950,000 por no reactivar una pensión
En un segundo caso, el Tribunal Constitucional ordenó al INABIMA, a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado y al Ministerio de Hacienda pagar solidariamente RD$950,000 a Yolanda del Carmen Solís de Rosario.
La Sentencia TC/0851/26 establece que las instituciones incumplieron una decisión que ordenaba reactivar la pensión de Solís de Rosario y pagarle retroactivamente los valores adeudados.
La pensión le había sido concedida mediante el Decreto 364-92, del 8 de diciembre de 1992. La mujer había solicitado su reactivación el 17 de agosto de 2021.
El 22 de diciembre de 2025, mediante la Sentencia TC/1463/25, el Tribunal Constitucional ordenó al INABIMA transferir a la DGJP las cotizaciones realizadas por Solís de Rosario durante sus años de servicio en el Ministerio de Educación.
También dispuso que el INABIMA coordinara los trámites administrativos necesarios para la reactivación inmediata de la pensión.
Por su parte, la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones y el Ministerio de Hacienda debían reactivar y reajustar la pensión, tomando en consideración todos los años de servicio público de la beneficiaria.
La sentencia también ordenó pagar retroactivamente las cantidades adeudadas desde el 17 de agosto de 2021 hasta que se produjera la reactivación efectiva.
Las instituciones tenían un plazo de 30 días
El TC concedió a las tres instituciones un plazo de 30 días calendario, contado desde la notificación, para cumplir conjuntamente las obligaciones.
Asimismo, impuso una astreinte solidaria de RD$10,000 por cada día de retraso. Esto significa que los RD$950,000 constituyen un solo monto cuyo pago corresponde conjuntamente a las tres entidades, no RD$950,000 para cada una.
La sentencia fue notificada el 27 de enero de 2026, por lo que el plazo venció el 26 de febrero.
Desde esa fecha hasta el 1 de junio de 2026, cuando fue presentada la solicitud de liquidación, transcurrieron 95 días. Multiplicados por RD$10,000 diarios, el monto ascendió a RD$950,000.
Las tres instituciones fueron notificadas sobre la solicitud, pero no presentaron escritos de defensa ni depositaron pruebas que demostraran la reactivación de la pensión y el pago de los valores correspondientes.
El TC calificó igualmente su comportamiento como una actitud “reticente” e “irresponsable”, contraria a la seguridad jurídica y a la tutela judicial efectiva.
Al igual que en el caso de la Policía Nacional, la astreinte puede continuar aumentando hasta que las entidades cumplan íntegramente la sentencia. En este segundo proceso, la penalidad sigue generándose a razón de RD$10,000 diarios.
Dos fallos y un total de RD$1.47 millones
Los RD$1,470,000 resultan de sumar los montos liquidados mediante las dos sentencias:
- RD$520,000 contra la Policía Nacional.
- RD$950,000, de manera solidaria, contra INABIMA, la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones y el Ministerio de Hacienda.
Aunque ambas decisiones fueron emitidas el 31 de agosto de 2026 y se relacionan con el incumplimiento de instituciones públicas, corresponden a expedientes, reclamantes y obligaciones diferentes.
En los dos fallos, el Tribunal Constitucional recordó que sus decisiones son definitivas, irrevocables y vinculantes para todos los poderes públicos y órganos del Estado.




