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Defensa de Jean Alain Rodríguez solicita extinguir el proceso penal por exceder el plazo legal

Santo Domingo.– La defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, solicitó este miércoles al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declarar extinguida la acción penal y ordenar el cierre definitivo del proceso, al considerar que el caso ha superado el plazo máximo de cuatro años establecido por el artículo 150 del Código Procesal Penal.

Los abogados sostienen que el proceso se acerca a los seis años de duración debido a retrasos que atribuyen exclusivamente al Ministerio Público. La audiencia para continuar con la presentación de la solicitud fue fijada para el próximo lunes 27 de julio, a las 9:00 de la mañana.

Como parte de sus argumentos, la defensa presentó estadísticas del Poder Judicial que, según afirma, muestran que entre 2024 y 2025 los tribunales dominicanos acogieron 22,645 solicitudes de extinción de la acción penal, frente a 2,769 que fueron rechazadas o declaradas inadmisibles. A su juicio, estas cifras reflejan que este mecanismo procesal se aplica de forma ordinaria y que el expediente de Rodríguez debería recibir el mismo tratamiento.

Asimismo, indicó que la investigación comenzó el 21 de agosto de 2020 y que el 25 de noviembre de ese año se ejecutó un impedimento de salida del país sin orden judicial, actuación que, según sostiene, marcó el inicio del cómputo del plazo legal. También alegó que el exfuncionario permaneció privado de libertad durante cuatro años, circunstancia que, conforme a su interpretación del derecho internacional aplicable en República Dominicana, impediría extender la duración máxima del proceso.

La defensa afirmó además que dos tribunales concluyeron previamente que las principales demoras del proceso eran atribuibles al Ministerio Público y no a los abogados del imputado.

Entre las situaciones señaladas, mencionó que el órgano acusador desarrolló la investigación durante casi dos años, solicitó una prórroga adicional de cuatro meses y posteriormente fue intimado por el tribunal para concluir esa etapa. También aseguró que el Ministerio Público depositó un disco duro con archivos inaccesibles que contenía las supuestas 3,000 pruebas del caso, situación que obligó al tribunal a ordenar en tres ocasiones su corrección y que, según la defensa, provocó un retraso superior a un año.

Los abogados agregaron que el proceso también se extendió alrededor de seis meses por la lectura íntegra de una acusación de más de 12,000 páginas. Además, afirmaron que el Ministerio Público dejó sin responder más de 50 solicitudes de documentos y demoró la entrega de pruebas de descargo pese a decisiones judiciales que ordenaban hacerlo, lo que habría generado nuevas dilaciones.

De igual forma, sostuvieron que otras actuaciones del órgano acusador influyeron en recusaciones de jueces y en la posterior solicitud de unificación de expedientes que previamente habían sido separados, circunstancias que, según indican, añadieron más tiempo al proceso.

Como parte de su fundamentación jurídica, los abogados Carlos Balcácer, Gustavo de los Santos Colls, Nelys Rivas y Albert Delgado señalaron que la jurisprudencia reciente del Tribunal Constitucional reafirma que el plazo razonable en materia penal corresponde al límite de cuatro años previsto en la legislación. Asimismo, sostuvieron que la Ley 97-25 limita las excepciones que permiten extender ese plazo a casos específicos, como fuga, rebeldía o dilaciones previamente declaradas mediante resolución motivada, supuestos que, según afirman, no se presentan en este expediente.

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